En la fecha fijada por la Junta Electoral,
el Concejo Deliberante realizará una Sesión Preparatoria
con la presencia de los Concejales continúan en sus mandatos
y los nuevos Concejales electos; la Sesión Preparatoria será
presidida por el Concejal de mayor edad de la lista triunfante (
Art. 18º de la Ley Orgánica de las Municipalidades).
En la Sesión Preparatoria se elegirán las autoridades
del Cuerpo Legislativo: Presidente; Vicepresidente 1º; Vicepresidente
2º; Secretario y Subsecretario (Art. 19º de la Ley Orgánica
de las Municipalidades).
En su funcionamiento el Concejo Deliberante, realizará sesiones
de acuerdo al Art. No. 68 de la Ley Orgánica de las Municipalidades
y que se detallan a continuación.
1- Sesión Preparatoria ya mencionada.
2- Sesiones Ordinarias, entre el 1º de abril y el 30 de noviembre
de cada año.
3- Sesiones de Prórroga por 30 días posteriores
al término de las Sesiones Ordinarias.
4- Sesiones Especiales, que podrán ser convocadas por el
Sr. Intendente Municipal o auto- convocadas por los integrantes
del Cuerpo, siempre que lo solicite un mínimo de un tercio
de sus miembros y cuando un asunto de interés público
urgente lo exija. (Art. 68º de la Ley Orgánica de
las Municipalidades).
| Las sesiones son de carácter
público cualquier vecino puede presenciarlas.
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El Concejo Deliberante en su Primer Sesión Ordinaria
constituirá de entre sus miembros: Comisiones
a las que les serán girados, de acuerdo a su
contenido, los expedientes entrados; las comisiones
tendrán por finalidad estudiarlos, y elevar al
plenario del Concejo (Sesiones) los dictámenes
resultantes para su tratamiento. (Art.76º de la
Ley Orgánica de las Municipalidades).
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La Presidencia del Concejo Deliberante convocará
a las respectivas sesiones y la Secretaria confeccionará
el Orden del Día a ser tratado en las mismas.
Las disposiciones que adopte el Concejo se denominarán
Ordenanzas, Decretos, Resoluciones, Minutas
de Comunicación. (Art. 77º de la
Ley Orgánica de las Municipalidades).
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| LA
PARTICIPACIÓN DEL VECINO |
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Los vecinos del Distrito podrán presentar proyectos
a ser tratados por el cuerpo.
Dichos proyectos deberán ser presentados en la
mesa de entradas del H.C.D. Para realizar cualquier
tipo de trámite en el H.C.D., el vecino no necesita
gestores ni intermediarios y todas las diligencias que
se realicen son de carácter gratuito.
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